Para: PERSONAS JURÍDICAS
Descripción: Esta modalidad pretende mejorar el producto turístico comunitario mediante el apoyo directo del Ministerio de Turismo a las comunidades que desarrollan actividades turísticas.
Requisitos: Presentar la solicitud de Registro dirigida al Director Zonal del Ministerio de Turismo de su jurisdicción, en la que se adjuntan los siguientes documentos:
- Solicitud de registro dirigida al Ministerio de Turismo en el que se indicará el o los servicios turísticos a prestar.
- Documento que demuestre la personería jurídica de la comunidad.
- Nombramiento que acredite la representación del peticionante.
- Acta de asamblea general de la comunidad en la que conste que ha decidido registrarse en el Ministerio de Turismo, con la firma de los miembros presentes.
- Documentos que demuestren que los responsables de los servicios a prestarse por la comunidad hayan recibido capacitación y/o formación profesional sobre turismo por un mínimo de 40 horas. Adicionalmente es necesario que el CTC entregue al Ministerio de Turismo un documento de estructura orgánica del Centro de Turismo Comunitario.
- “Resolución de la Calidad Comunitaria”, expedido por la Subsecretaría de Gestión y Desarrollo de Pueblos y Nacionalidades.
- Registro único de contribuyentes, de la persona jurídica solicitante, en la que conste, como uno de sus objetivos la prestación de servicios turísticos.
IMPORTANTE: Al momento de la inspección el usuario deberá cumplir con los requisitos de clasificación y categoría establecidos en el Reglamento específico para esta actividad turística.
Formatos: SOLICITUD DE REGISTRO CENTROS TURÍSTICOS COMUNITARIOS.docx
Procedimiento:
- Recepción de requisitos y formalidades para el registro: el representante legal de la comunidad que vaya a gestionar el Registro ante el Ministerio de Turismo, se entrevistará con el funcionario encargado de este proceso, con quién verificará uno a uno el cumplimiento de TODOS los requisitos y formalidades correspondientes, mismas que se encuentran detallados en la Solicitud de Registro.
- Realizada la inspección se informará al propietario, representante legal o administrador, sobre la modalidad y Categoría en la que se registra el establecimiento.
Tiempo Estimado de Entrega: (15) Quince días laborales.
Para consultas e inquietudes: Comuníquese al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.